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Sala Regional Toluca revoca multa impuesta a tesorero municipal de Acambay por falta de fundamentación en su individualización

  • 26 feb
  • 2 Min. de lectura

Durante la Sesión Pública de Resolución celebrada este jueves, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió un Juicio General relacionado con el cumplimiento de una sentencia dictada en el ámbito local.

 

Juicio General 10/2026 — Multa por el incumplimiento en la entrega de información a una regiduría del Ayuntamiento de Acambay

 

¿Qué se impugnó?


El juicio fue promovido por el Tesorero Municipal de Acambay, quien controvirtió un acuerdo plenario del Tribunal Electoral del Estado de México, que declaró incumplida una sentencia que ordenaba responder adecuadamente la solicitud de información presentada por una regiduría, y en consecuencia, impuso una multa al funcionario, al hacer efectivo un apercibimiento previo.

 

¿Qué resolvió la Sala?


La Sala Regional revocó la resolución impugnada, al concluir que el tribunal local no justificó debidamente el monto de la multa, pues omitió realizar la individualización conforme a los criterios exigidos por su normativa interna.

 

El Pleno destacó que la autoridad responsable no explicó cómo ponderó la gravedad del incumplimiento, las circunstancias de modo, tiempo y lugar, la existencia o no de reincidencia, el daño o perjuicio ocasionado, ni las condiciones socioeconómicas del servidor público, elemento obligatorio en la determinación de medidas de apremio.

 

Ante estas omisiones, la Sala determinó que la sanción carecía de motivación suficiente, por lo que ordenó al tribunal local emitir una nueva determinación, ajustada a los parámetros legales y jurisprudenciales aplicables.

 

Durante su intervención, la Magistrada Marcela Elena Fernández Domínguez explicó que, aunque por regla general las autoridades responsables carecen de legitimación para impugnar las resoluciones emitidas en los juicios donde participaron como tales, en este caso se actualiza una excepción jurisprudencial que permite estudiar el fondo del asunto.

 

De acuerdo con lo expuesto el promovente —tesorero municipal— sí justificó un agravio personal y directo, derivado de la imposición de una multa, lo que afecta su esfera jurídica más allá del ámbito institucional. Además, el funcionario cuestionó la competencia del Tribunal Electoral local.

 

Estos dos elementos —afectación individual y planteamiento de incompetencia— permiten abrir la vía federal y justificar que la Sala analizara el fondo del asunto.


 

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