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Ley Silla: CONCANACO SERVYTUR llama a negocios a cumplir

  • Foto del escritor: Redacción
    Redacción
  • 29 dic 2025
  • 3 Min. de lectura

* Comparte ruta práctica en 6 pasos para implementarla sin frenar la operación.


* Desde el 16 de diciembre de 2025 sus disposiciones son obligatorias para centros de trabajo de industria, comercio y servicios, incluidos restaurantes, cafeterías, tiendas y hoteles.


* La Confederación recomienda adecuar el puesto, definir pausas, actualizar el Reglamento Interior de Trabajo y documentar el cumplimiento para atender verificaciones en 2026.


La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO SERVYTUR México) invitó a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a los negocios familiares del sector terciario, a implementar de manera ordenada la llamada Ley Silla, ante el fin del plazo de adecuación y la obligatoriedad de sus disposiciones a partir del 16 de diciembre de 2025, conforme a lo recordado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).



La Ley Silla es una reforma a la Ley Federal del Trabajo orientada a prevenir afectaciones a la salud en personas que permanecen largas jornadas de pie (fatiga muscular, lumbalgias, problemas circulatorios), mediante la obligación patronal de proporcionar asientos o sillas con respaldo para alternar posturas sin interrumpir las actividades.


“En comercio, servicios y turismo hay miles de puestos que operan de pie: caja, mostrador, recepción, piso de venta, barra o atención al cliente. El cumplimiento no debe verse como un trámite, sino como una medida de bienestar laboral que también protege la operación del negocio”, señaló CONCANACO SERVYTUR.


Llamado a cumplir con orden: obligaciones y prevención de sanciones


La Confederación recordó que, además del mobiliario, la reforma contempla medidas de organización interna, como la adecuación del Reglamento Interior de Trabajo para incorporar pausas, ubicación de sillas y factores de riesgo asociados a labores de pie.


Asimismo, advirtió que el incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas, las cuales suelen calcularse en Unidades de Medida y Actualización (UMA). Diversos reportes mencionan rangos de 250 a 2,500 UMA por incumplimiento (aprox. $28,285 a $282,850 pesos, según el valor vigente), y por no actualizar el Reglamento Interior de Trabajo se mencionan rangos de 50 a 5,000 UMA (aprox. $5,657 a $565,700 pesos). Por ello, CONCANACO SERVYTUR recomendó documentar cada adecuación realizada.


¿Cómo pueden las pequeñas empresas implementar la Ley Silla?


Para negocios familiares y MiPyMEs de servicios, comercio o turismo, CONCANACO SERVYTUR sugirió una implementación sencilla y verificable:


  1. Identificar puestos con actividades de pie: cajeros, vendedores, meseros, recepcionistas y personal de seguridad suelen permanecer largas horas de pie. Haga una lista de funciones con bipedestación.

  2. Proporcionar sillas con respaldo ergonómico en cada puesto identificado: deben permitir alternar entre sentarse y ponerse de pie sin frenar el servicio. Si el espacio en mostrador o barra no lo permite, habilite un área cercana.

  3. Establecer pausas y rotación de posturas: defina con las personas trabajadoras la frecuencia y duración de los descansos. La meta es descanso efectivo sin afectar la operación.

  4. Actualizar el Reglamento Interior de Trabajo (RIT): Incluya riesgos por bipedestación, pausas autorizadas y ubicación/disponibilidad de sillas. Se puede apoyar en plantillas o asesoría laboral.

  5. Capacitar al personal y supervisar: explique la importancia de alternar posturas y el uso correcto de las sillas. Verifique que estén disponibles y en buen estado.

  6. Documentar el cumplimiento: conserve evidencia de entrega/adquisición de mobiliario, ajustes al RIT y acuerdos de pausas. Esto facilita atender inspecciones laborales y acreditar una implementación ordenada.


Plazos clave


  • El decreto se publicó el 19 de diciembre de 2024.

  • En junio de 2025 se emitieron disposiciones y un plazo de 180 días para adecuaciones internas.

  • La STPS recordó que el plazo venció a mediados de diciembre de 2025 y que, desde el 16 de diciembre de 2025, las obligaciones son exigibles.


CONCANACO SERVYTUR reiteró su disposición a orientar a los negocios a través de su red de Cámaras para una adopción gradual y documentada, privilegiando el cumplimiento, el bienestar laboral y la continuidad operativa.

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