Diputada de Morena, Karen Jurado, daña infraestructura urbana de Villa de Álvarez
- 11 jul
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* La legisladora podría ser obligada a reparar los daños ocasionados y enfrentar sanciones económicas por la colocación de propaganda en infraestructura urbana.
En su intento por darse a conocer entre los habitantes de Villa de Álvarez, la diputada de Morena, Karen Jurado Escamilla, no solo habría incurrido en presuntas violaciones a la normativa electoral por actos anticipados de campaña, sino también en infracciones al Reglamento de Anuncios del Municipio de Villa de Álvarez, el cual prohíbe la colocación de propaganda o publicidad en infraestructura urbana.
Lo anterior, luego de que la legisladora pintará bardas y colocara propaganda con pegamento en diversos instalaciones de la infraestructura urbana como lo son: postes y muros de las distintas avenidas y colonias del municipio, en el que destaca su nombre e imagen. Esta práctica habría ocasionado afectaciones a la infraestructura pública, así como a la imagen urbana, además de generar contaminación visual y residuos de difícil remoción, una práctica que, de acuerdo con el reglamento municipal, está prohibida al tratarse de infraestructura pública.
Además del impacto visual, este tipo de propaganda suele dejar residuos de papel y pegamento que dificultan su retiro, lo que puede representar afectaciones a la imagen urbana y generar altos costos para su limpieza.
También este tipo de propaganda puede favorecer la acumulación de humedad, hongos y bacterias en el papel y el pegamento utilizado, lo que a mediano y largo plazo puede representar un problema de salud para la población.
El artículo 11 del Reglamento de Anuncios del Municipio de Villa de Álvarez establece que: "Queda prohibida la fijación o colocación de anuncios en la vía pública, en los edificios y monumentos públicos, en los árboles, postes de energía eléctrica y teléfonos, así como en el equipamiento urbano municipal."
Asimismo, el Capítulo X del mismo ordenamiento contempla como infracciones la colocación de propaganda en infraestructura urbana y cualquier acción que afecte la imagen o el valor paisajístico del municipio.
De acuerdo con el Capítulo XII del reglamento, las violaciones a estas disposiciones pueden ser sancionadas con multas de hasta 500 días de salario mínimo vigente, además del retiro de la propaganda a cargo del responsable y, en su caso, la reparación de los daños ocasionados.
En un sondeo realizado entre habitantes del municipio, personas consultadas consideraron que la aplicación del reglamento debe realizarse sin distinción de partidos o cargos públicos y que, en caso de acreditarse alguna infracción, las autoridades municipales deben actuar conforme a la normatividad vigente.
Hasta el momento no se ha informado si el Ayuntamiento de Villa de Álvarez ha iniciado algún procedimiento administrativo relacionado con la propaganda atribuida a la legisladora.
















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