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Sala Toluca ordena atender con perspectiva de género a mujer adulta mayor que solicitó información al INE sobre su esposo declarado presuntamente muerto

  • hace 19 minutos
  • 3 Min. de lectura

 

Durante la sesión pública celebrada este martes, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, dos juicios generales y un recurso de apelación.

 

Entre los asuntos analizados destacan los siguientes:

 

Recurso de Apelación 2/2026 — Sanción al PRI por irregularidades en fiscalización

 

¿Qué se impugnó?

La resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral que sancionó al Partido Revolucionario Institucional por no registrar en el Sistema Integral de Fiscalización un comprobante fiscal digital correspondiente a una operación del Comité Estatal del partido en Querétaro durante el ejercicio 2019.

 

¿Qué resolvió la Sala?

La Sala Regional confirmó la resolución impugnada, al considerar ineficaces los agravios del partido recurrente.

 

Se determinó que el procedimiento se resolvió dentro del plazo legal (cinco años), y que el partido no desvirtuó la omisión de registrar el comprobante en el sistema de fiscalización, además de que la autoridad electoral expuso de manera suficiente los fundamentos de la sanción impuesta.

 

 

Juicios Generales 11 y 12 — Incumplimiento de sentencia en el Ayuntamiento de Epitacio Huerta, Michoacán

 

¿Qué se impugnó?

Una resolución del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán que declaró fundado un incidente de incumplimiento de sentencia y sancionó a diversas personas integrantes del Ayuntamiento de Epitacio Huerta por no vigilar el cumplimiento de una determinación previa.

 

¿Qué resolvió la Sala?

Lego de acumular los juicios, confirmó la resolución impugnada.

 

El Pleno consideró que la sola presencia de las personas servidoras públicas en una sesión de cabildo no acreditaba el cumplimiento de su obligación de vigilar el acatamiento de la sentencia, por lo que resultaban infundados los agravios planteados.

  

Juicio de la Ciudadanía 14/2026 — Elección de representación indígena en Temoaya, Estado de México

 

¿Qué se impugnó?

La sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México que confirmó la validez de la elección de la representación indígena ante el Ayuntamiento de Temoaya, celebrada el 5 de octubre de 2025.

 

¿Qué resolvió la Sala?

Por mayoría de votos, se confirmó la resolución impugnada. La mayoría de las magistraturas determinaron que el Tribunal Electoral mexiquense sí analizó el planteamiento de nulidad conforme a la metodología aplicable a las violaciones a principios constitucionales.

 

Asimismo, se estimó que los agravios de la parte actora no desvirtuaron las razones del tribunal local, pues no demostraron que el requisito de presentar credencial para votar —previsto en la convocatoria— constituyera una irregularidad grave ni que hubiera sido determinante para el resultado de la elección.

 

La mayoría también destacó que dicho requisito formaba parte de la convocatoria que no fue impugnada oportunamente, por lo que se trataba de un acto firme y no era jurídicamente viable cuestionarlo una vez celebrada la elección. Además, en el expediente no se acreditó que esa exigencia hubiera afectado la participación de la comunidad ni el resultado del proceso electivo.

 

 

Juicio de la Ciudadanía 19/2026 — Acceso a información del Registro Federal de Electores

 

¿Qué se impugnó?

La respuesta de la Vocalía del Registro Federal de Electores del INE en Michoacán, mediante la cual se informó a una ciudadana que existía imposibilidad para proporcionarle la información que solicitó.

 

¿Qué resolvió la Sala?

La Sala Regional revocó la respuesta impugnada, al considerar que la autoridad no fundamentó ni motivó adecuadamente su determinación.

 

El Pleno destacó que la autoridad debió actuar con debida diligencia y perspectiva de género y atención a la condición de vulnerabilidad de la actora, quien es una persona adulta mayor y representante legal de su esposo declarado presuntamente muerto, brindándole orientación efectiva y apoyo para concluir el trámite requerido.


 


 


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