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IEE Colima exhorta a actores políticos a no realizar actos anticipados de Campaña

  • hace 9 minutos
  • 3 Min. de lectura

* Exhorto del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima dirigido a la ciudadanía en general, partidos políticos, personas servidoras públicas de los tres órdenes de gobierno, actoras y actores políticos, y medios de comunicación, para el respeto de la cultura de la legalidad, la neutralidad institucional y la preservación de la equidad en la contienda electoral.


El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y con el firme compromiso de garantizar los principios que rigen la función electoral, emite el siguiente EXHORTO dirigido a los partidos políticos, personas servidoras públicas de los tres órdenes de gobierno, actoras y actores políticos, medios de comunicación y a la ciudadanía en general.

 

Como autoridad administrativa electoral, este Consejo tiene el deber irrenunciable de velar por la equidad en la contienda y el respeto irrestricto al Estado de Derecho. En ese sentido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, Base V, y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la normativa electoral local vigente, hacemos un llamado respetuoso a todas las personas involucradas en la vida pública del Estado para que ajusten sus conductas a los tiempos, reglas y procedimientos que la ley establece.

 

En el marco del Proceso Electoral Local 2026-2027, que dará inicio en la primera quincena del mes de octubre de 2026, es imperativo que los partidos políticos y quienes aspiran a cargos de elección popular se conduzcan con estricto apego a la normatividad electoral, absteniéndose de realizar manifestaciones públicas, contratar y/o difundir propaganda o ejecutar actos de promoción que pudieran constituir actos anticipados de precampaña o campaña, en términos de la legislación electoral aplicable. La democracia colimense exige que la competencia política se desarrolle en condiciones de igualdad y respeto a las reglas, libre de ventajas que puedan calificarse por la autoridad competente como indebidas y que pretendan adelantarse a los tiempos establecidos por la ley, para el desarrollo de las distintas etapas electorales y cuyos tiempos son aprobados en el calendario electoral que este Organismo emita una vez iniciado el próximo proceso electoral. 

 

De igual manera, se exhorta a las y los servidores públicos de los tres niveles de gobierno a mantener una conducta de absoluta neutralidad y respeto al principio de imparcialidad en el uso de los recursos públicos. Debe recordarse que la promoción personalizada de la imagen, nombre, voz o símbolos que impliquen posicionamiento individual de una servidora o servidor público, particularmente mediante comunicación social o difusión institucional, puede constituir una vulneración a lo dispuesto en el artículo 134 Constitucional. Los recursos públicos y el ejercicio del cargo deben ser utilizados exclusivamente para los fines institucionales a los que están destinados, sin influir en la equidad de la competencia política.

 

En este contexto, el Instituto Electoral del Estado de Colima, en el ámbito de sus atribuciones, mantiene un seguimiento permanente del cumplimiento de la normatividad electoral, a través de los mecanismos institucionales previstos en la ley, entre ellos la oficialía electoral y los procedimientos sancionadores correspondientes, con el propósito de salvaguardar la integridad del proceso electoral y los principios que lo rigen.

 

La vigilancia de la legalidad no es solo una tarea técnica, es una garantía para la ciudadanía de que su voto será emitido en un entorno justo. Por ello, este Consejo General reitera que se actuará con firmeza ante cualquier conducta que pretenda ignorar las reglas del juego democrático, en este sentido, se debe ejercer una responsabilidad compartida, en donde los medios de comunicación y la sociedad en general coadyuven en esta labor de observancia y denuncia a esta autoridad, pues el respeto a la ley electoral es la base de la paz social y la legitimidad de nuestras instituciones.

 

Asimismo, se recuerda a los partidos políticos, a las personas actoras políticas y a la ciudadanía que la legislación electoral contempla mecanismos para la presentación de denuncias cuando se considere que alguna conducta pudiera contravenir la normativa electoral, las cuales serán atendidas por esta autoridad conforme a derecho, pudiendo presentarlas en las oficinas centrales del Instituto o en cualquiera de sus diez Consejos Municipales.

 

En Colima, la ley debe ser observada, dado que los tiempos electorales no son una sugerencia, sino un mandato Constitucional que este Consejo hará cumplir con el ejercicio de sus atribuciones, pues el respeto a las reglas electorales es una condición indispensable para preservar la confianza ciudadana en las instituciones democráticas.

 

 

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